Texto de ejemplo para el Defensor del menor
El motivo de mi queja es el acuerdo tomado por parte de la Junta de Gobierno del Ayto. de Madrid el 27 de junio de 2019 “para establecer un período de aviso en relación con el acceso a la zona de bajas emisiones Madrid Central” (publicado en el Boletín Oficial del Ayto. el 1 de julio de 2019).
En la práctica, este acuerdo supone la “suspensión” de la zona de bajas emisiones, ya que se elimina cualquier tipo de sanción para el acceso no autorizado de vehículos a la zona. El Ayuntamiento no ha argumentado los motivos por los que ha llegado a este acuerdo, que suspende la efectividad de una medida que, desde su puesta en marcha, se ha demostrado eficaz para la mejora de la calidad del aire y, por lo tanto, para la protección de la salud de los ciudadanos y de su derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado (derechos reconocidos en los artículos 43 y 45 de la Constitución).
A pesar de la suspensión cautelar de la medida por parte de un juez, el ánimo del nuevo Ayuntamiento continúa siendo eliminar la medida, sin tener un plan alternativo.
Como vecino/a de Madrid, solicito la ayuda del Defensor del Pueblo, ante esta decisión del Ayuntamiento de Madrid, que considero arbitraria y contraria a los derechos que la Constitución reconoce.
Para poner la queja ante el Defensor del pueblo pincha aquí
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Texto de ejemplo para el servicio de reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid
El motivo de mi queja es el acuerdo tomado por parte de la Junta de Gobierno del Ayto. de Madrid el 27 de junio de 2019 “para establecer un período de aviso en relación con el acceso a la zona de bajas emisiones Madrid Central” (publicado en el Boletín Oficial del Ayto. el 1 de julio de 2019).
En la práctica, este acuerdo supone la “suspensión” de la zona de bajas emisiones, ya que se elimina cualquier tipo de sanción para el acceso no autorizado de vehículos a la zona. El Ayuntamiento no ha argumentado los motivos por los que ha llegado a este acuerdo, que suspende la efectividad de una medida que, desde su puesta en marcha, se ha demostrado eficaz para la mejora de la calidad del aire y, por lo tanto, para la protección de la salud de los ciudadanos y de su derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado (derechos reconocidos en los artículos 43 y 45 de la Constitución).
Asimismo, el Ayuntamiento no ha presentado ningún plan alternativo que reduzca el riesgo que padecen las personas de estar expuestas a elevados índices de contaminación.
Como vecino/a de Madrid, solicito que el Ayuntamiento reconsidere su decisión y actúe en favor de la ciudadanía garantizando los derechos que la Constitución reconoce.
Para poner una reclamación ante el Ayuntamiento de Madrid pincha aquí