La Ley de Viviendas Rurales Sostenibles, conocida como ley ViRuS, ha sido aprobada en la Asamblea de Madrid por la mayoría absoluta del PP, una vez rechazadas las enmiendas a la totalidad de los partidos de la oposición

Extraparlamentariamente esta Ley ha sido clamorosamente rechazada por la práctica totalidad de los técnicos de la propia Consejería de Medioambiente y Ordenación del Territorio, en un manifiesto dirigido a su Consejera, y por numerosas organizaciones sociales, agrupadas en la Plataforma antiViRuS, entre las que se encuentra EQUO.

A través de la nueva normativa, se autoriza la construcción de nuevas viviendas aisladas en parcelas de más de 6 hectáreas en cualquier suelo rústico no sujeto a protección sectorial, así como en aquellos suelos no urbanizables sujetos a protección sectorial cuando “su régimen jurídico, autorice el uso residencial”.
De esta forma el Gobierno Regional de la Comunidad de Madrid abre la puerta a la urbanización de espacios naturales protegidos donde no se  prohíba expresamente las construcciones con fines residenciales.

En base a esta normativa, Ecologistas en Acción y Grama han analizado hasta qué punto los espacios naturales se verán desprotegidos:

-Parque Regional del Sureste: se permite construir nuevas viviendas en las Zonas F (Periféricas de Protección) y Zonas G (a ordenar por el Planeamiento Urbanístico). En estas zonas ya estaba permitida la construcción pero con unas garantías de control que la Ley ViRuS hará inexistentes.
-Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares: la situación es especialmente preocupante ya que quedará libre de urbanizar toda la franja protectora al este y el oeste del Monte del Pardo. Igualmente amplias zonas al centro y al norte del territorio del Parque se verán afectadas. Tanto en las zonas P (a ordenar por el planeamiento urbanístico) como las zonas T (de transición) serán susceptibles de ser aplicada la Ley ViRuS.
-Futuro Parque Nacional del Guadarrama: el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales establecía zonas llamadas de Transición al noreste y al suroeste del territorio afectado, donde no se prohibía expresamente la actividad urbanística. De esta manera se generará un aumento de la presión que degradará aún más si cabe el entorno de la Sierra.
-Suelo rústico: la ley será aplicable en el 41 % del territorio, 330.000 hectáreas, y podría amparar la construcción de 7.000 viviendas dispersas en terrenos de alto valor natural y paisajístico.

Además de los mapas, un vídeo explica a la ciudadanía el contenido de una ley que fomenta los intereses urbanísticos de una minoría privilegiada mientras miles de personas son desahuciadas y no tienen posibilidad alguna de acceso a una vivienda digna. El vídeo y los mapas pueden consultarse en: http://www.ecologistasenaccion.org/article24657.html

La nueva ley verá reducidas las competencias urbanísticas de los Ayuntamientos ya que impondrá la nueva construcción incluso en aquellos suelos donde el planeamiento urbanístico lo prohíba. Además la ley establece el silencio administrativo positivo como forma de otorgar licencias urbanísticas si la autoridad municipal no da respuesta en el plazo de un mes. El silencio positivo para conceder licencias vulnera normativa estatal básica y podría ser fuente de nuevas corruptelas urbanísticas en los Ayuntamientos.

Esta merma de las competencias urbanísticas hará que la Plataforma AntiViRus, a través de los partidos de la oposición, recurra la Ley en el Tribunal Constitucional por incumplir normativa estatal.

La Ley ViRuS no es sostenible, degrada el medio rural como generador de bienes ambientales y económicos, favorece a las clases más privilegiadas, es muy vulnerable a corruptelas urbanísticas y resta autonomía a los Ayuntamientos.