El Tribunal Superior de Justicia de Madrid afirma que, contrariamente a lo manifestado por la Comunidad de Madrid, no se ha cumplido con la sentencia de 14 de febrero de 2008 que anula el acuerdo por el que se autorizó el desdoblamiento de la carretera M-501. Sin embargo, el Tribunal concede un nuevo plazo de dos meses para que la administración autonómica cumpla con los trámites procedimentales. Esta sentencia declaraba nulos de pleno derecho el acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se declaraba el interés general de la obra, y la resolución de la Consejería de Transportes por la que se aprobaba el desdoblamiento de la carretera M-501. Además, instaba a la restauración de los terrenos a su estado anterior al de las obras. La organización conservacionista Ecologistas en Acción ha recurrido el auto y solicita la ejecución material del fallo sin más dilación.
Hay que recordar que este fallo fue ratificado por el Tribunal Supremo, mediante sentencia de 18 de febrero de 2011. Desde esa fecha, diversos grupos ecologistas y colectivos viene reclamando la ejecución del fallo judicial. Sin embargo, la Comunidad de Madrid, hizo oídos sordos, limitándose a dar vagas explicaciones ante los medios de comunicación, argumentando sin prueba alguna, que la sentencia ya estaba ejecutada. Ante esta situación, el 15 de julio de 2011, el TSJM dictó auto de ejecución forzosa de la Sentencia. Sólo entonces fue cuando la Comunidad de Madrid presentó documentación en la que se pretendía probar que la sentencia estaba cumplida, en base a unos acuerdos alcanzados con la Comisión Europea y por las medidas ambientales tomadas a posteriori. Todo ello firmado por el entonces Director General de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas, actual Secretario de Estado de Medio Ambiente.
Sin embargo el último auto del TSJM afirma con rotundidad que contrariamente a lo manifestado por la Comunidad de Madrid, la sentencia no está ejecutada, hecho que Ecologistas en Acción ha valorado muy positivamente. Pero al mismo tiempo, el Tribunal, vuelve a conceder otros dos meses a la administración para cumplir con los trámites procedimentales que se omitieron hace siete años y por los que se declararon nulos de pleno derecho los acuerdos que propiciaron la construcción de la autovía. Sólo en ese momento, la Sala, se pronunciará sobre la ejecución material de la sentencia. Este último aspecto no es compartido por Ecologistas en Acción por lo que ha recurrido el auto. Esta organización entiende que actualmente sólo cabe la ejecución material de la sentencia (reposición de los terrenos a su estado anterior a las obras) y que el TSJM, con esta decisión, está dilatando el pronunciamiento sobre la misma. Es imposible que la Comunidad de Madrid pueda cumplir con los trámites que el propio Tribunal de Justicia Europeo, en su sentencia de 15 de diciembre de 2011, afirma que “debieron de adoptarse en cualquiera de los casos de manera previa al comienzo de las obras, no “a posteriori”.