Pedimos la suspensión de la caza cuando se compruebe un caso de envenenamiento de fauna

EQUO ha presentado alegaciones al proyecto de Plan de Actuación contra el Uso Ilegal de Veneno en el medio natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid.

Para EQUO la presentación de este plan es una iniciativa bienvenida, reclamada desde hace años por las ONG ambientales, después de décadas de desidia e inoperancia de la Comunidad de Madrid en este tema, que han permitido una impunidad casi total de esta actividad delictiva, contemplada en el artículo 336 del Código Penal.

Sin embargo, este Plan presenta graves carencias, denunciadas por el Programa Antídoto, una plataforma constituida por las ONG españolas más importantes de conservación de la fauna y la naturaleza, y que EQUO ha recogido en sus alegaciones. La más llamativa es la falta de previsión de aplicación de medidas cautelares o sanciones administrativas sobre las fincas donde se han cometido los envenenamientos, y que otras CCAA vienen adoptando desde hace tiempo.

De hecho, según el Plan, parece que la Consejería de Medio Ambiente, una vez descubierto un caso de veneno, lo único que puede hacer es trasladarlo a la Fiscalía y los juzgados. Por el contrario, EQUO exige cuando se detecten cebos envenenados en una finca se proceda a la suspensión de la actividad cinegética como mínimo durante un año, para permitir la recuperación de la fauna.

Impunidad por la dejación de funciones 

En los más de 170 episodios de envenenamiento  registrados, desde 1991 en la región,  –incluidas muchas especies en peligro de extinción como águilas, buitres o milanos-, no se ha adoptado ninguna resolución administrativa eficaz. No hay sanciones, ni medidas cautelares, ni recuperadoras de fauna afectada, sino un vacío absoluto en este aspecto clave. Se ha producido una dejación de funciones que sido uno de los principales obstáculos para que la lucha contra el uso ilegal de venenos sea efectiva, lo que ha mantenido a los delincuentes en una impunidad prácticamente total, dada la dificultad de probar la autoría concreta.

Ejemplos de estas resoluciones en casos de veneno existen en Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Navarra, Andalucía y Aragón. Destacables son las numerosas suspensiones de la actividad cinegética en cotos de Castilla y León en casos de envenenamiento de fauna, para prevenir daños a la riqueza cinegética u otras razones de orden biológico. De hecho, la Ley estatal 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad dispone que “se podrán establecer moratorias temporales o prohibiciones especiales cuando razones de índole biológico o sanitario lo aconsejen.” También establece que: “Cuando se compruebe que la gestión cinegética desarrollada en una finca afecte negativamente a la renovación o sostenibilidad de los recursos, las Administraciones Públicas competentes podrán suspender total o parcialmente la vigencia de los derechos de caza.”

También se pueden aplicar reducciones de las ayudas agrarias de la Unión Europea por incumplimiento de la eco-condicionalidad en casos de utilización de cebos envenenados con fines agrícolas o ganaderos, algo que se ha realizado también en Castilla y León en diversas ocasiones y que debería recogerse como posibilidad en este Plan de la Comunidad de Madrid.

Además, el Plan presentado tiene otras carencias que es preciso mejorar notablemente. Por ejemplo, pedimos que se impulse el seguimiento a las especies amenazadas más sensibles al veneno, y el establecimiento de una patrulla especializada de Agentes Forestales, con perros entrenados para la realización de inspecciones y detección temprana de cebos envenenados.

Por otra parte, estamos en contra de que se pretenda utilizar a los Agentes Forestales –que en la Comunidad de Madrid no dependen de Medio Ambiente- para labores de control de depredadores “para evitar en la medida de lo posible los daños producidos por fauna silvestre”, como si esto fuera a evitar los envenenamientos. Resulta cuando menos peculiar que un plan de lucha contra el veneno introduzca semejantes ideas: “no envenenen ustedes el campo que ya nos encargamos nosotros de eliminar a los animales molestos o dañinos”.

En este sentido, la Comunidad de Madrid aplica doctrinas obsoletas desde hace más de 40 años. Los depredadores tienen un papel importantísimo como “controladores” naturales de la fauna silvestre, y los científicos vienen demostrando que las campañas de control de predadores son en muchos casos contraproducentes y no evitan la proliferación, de las especies más dañinas para la agricultura, como roedores, conejos o jabalíes. Los depredadores regulan las poblaciones de sus presas, impidiendo las plagas o ayudando a atenuarlas, eliminan a los individuos enfermos, lo que evita la propagación de enfermedades y mantiene la salud de las poblaciones.

Por el contrario, EQUO reclama mayor compromiso en este Plan hacia la formación y la información sobre los cebos envenenados, de forma que guardería forestal, jueces y fiscales, y también cazadores, ganaderos y agricultores, cuenten con el mejor conocimiento por parte de los expertos existentes en la Comunidad tanto del mundo académico como de las ONG de conservación.

Las actuaciones de la Comunidad de Madrid en este tema se han caracterizado a lo largo de los años por la desidia, la opacidad y la falta de interés (un comportamiento generalizado de las autoridades madrileñas en materia de medio ambiente, como reiteradamente viene denunciando nuestro coportavoz, Alejandro Sánchez, en la Asamblea). En este contexto de inoperancia generalizada, este Plan de Actuaciones es un pequeño paso, pero es aún manifiestamente mejorable.

Para ver las alegaciones, pincha aquí